El Gobierno ha decretado el estado de alarma para frenar el contagio del COVID-19 con una duración de quince días, a partir de este lunes 16 de marzo, fecha en la que se confinará a los españoles en sus domicilios.
Solo será posible salir de casa para ocho motivos justificados:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Así no se podrá hacer salir a la calle para realizar actividades de ocio, ya sean correr o ir en bicicleta. Es responsabilidad de todos cumplir como ciudadanos y quedarnos en casa. #quédateencasa